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¿Cómo se calcula la pensión de viudedad?

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La Seguridad Social protege con un apoyo económico a las personas que enviudan, conocido como pensión de viudedad. Para determinar la cuantía que cobra cada viudo o viuda, calcula una base y un porcentaje.

La cuantía de la pensión al que tiene derecho cada persona es diferente. Por eso, es imprescindible conocer toda la información sobre cómo calcular la pensión de viudedad. También es importante saber si puedes cobrar la pensión de jubilación y de viudedad a la vez.

Cómo calcular la pensión de viudedad 2024

La pensión de viudedad se calcula aplicando un porcentaje a una base reguladora. Tanto el porcentaje como la base son diferentes en función de la causa del fallecimiento y de la cotización a la que se acogía el fallecido.

La pensión mínima es el 52%, mientras que la pensión máxima es el 70% de la base. A continuación, conocerás qué base reguladora y qué porcentaje corresponden a cada caso.

Calcular la base reguladora

La base reguladora varía según la situación del fallecido —pensionista o trabajador en activo— y la causa del fallecimiento —contingencia profesional o común—, según la sede electrónica de la Seguridad Social.

Si se trata del fallecimiento del pensionista de jubilación o por incapacidad permanente, la base reguladora es la misma que determinó la pensión.

La cuantía aumenta con el importe de las revalorizaciones de las pensiones de viudedad que se hayan producido desde la fecha de inicio de la pensión originaria.

En el caso de que el fallecido estuviera en jubilación parcial, se aplicarán las bases de cotización del tiempo trabajado a tiempo parcial.

Las bases se incrementan hasta el 100% de la cuantía que le correspondería de haber trabajado durante ese periodo a tiempo completo.

En el supuesto de que el fallecido estuviera dentro del Sistema especial para empleados de hogar, la base reguladora es la equivalente a la base de cotización del empleado en la fecha del fallecimiento.

Respecto al fallecido como trabajador en activo, hay que tener en cuenta diferentes casos según la causa de la defunción:

1. Fallecimiento por contingencias comunes

La base reguladora es el resultado de dividir entre 28 la suma de las bases de cotización del interesado durante 24 meses ininterrumpidos. El beneficiario elige ese periodo dentro de los 15 años anteriores al mes previo del fallecimiento.

2. Fallecimiento del trabajador por accidente no laboral

Sin un periodo de 24 meses de cotización ininterrumpidos en los 15 años anteriores al mes previo del fallecimiento, la base reguladora será la más favorecedora de las siguientes:

  • La misma que por contingencias comunes —explicada anteriormente—.
  • El resultado de dividir entre 28 la suma de las bases mínimas de cotización en los 24 meses anteriores al fallecimiento.

3. Pluriactividad

Si no hay derecho a pensión en ninguno de los regímenes en los que se cotiza, las bases de cotización en régimen de pluriactividad pueden acumularse a las del régimen en el que se cause la pensión. La suma de las bases no puede exceder el límite de cotización.

4. Fallecimiento por accidente de trabajo o enfermedad profesional

La base reguladora es el resultado de dividir entre 12 la suma de varios factores:

  • Antigüedad y sueldo diarios en la fecha de la baja por enfermedad o del accidente multiplicado por 365 días.
  • Pagas extra, participación o beneficios por su importe total durante el año previo a la baja por enfermedad o por accidente.
  • El resultado de dividir entre el número de días trabajados los pluses, las horas extra y las retribuciones percibidas durante el año previo al accidente o a la baja. El número resultante se multiplica por 273, excepto que la cantidad de días laborales sea menor.

La antigüedad y el sueldo se calcula de forma distinta a la indicada anteriormente en el caso de contrato relevo o a tiempo parcial. El salario mensual o semanal se divide entre 30 ó 7, respectivamente.

También varía para los contratos fijos-discontinuos. El salario diario será el resultante de dividir entre el total de días de campaña transcurridos hasta la fecha del fallecimiento, los salarios que ha recibido el trabajador durante dicho periodo.

Asimismo, el resultado de los complementos salariales es diferente a la señalada anteriormente cuando el fallecido tenía contrato a tiempo parcial, relevo o fijo-discontinuo.

Dichos complementos recibidos durante el año anterior al fallecimiento, deben sumarse y dividirse entre el número de horas trabajadas en ese mismo periodo. El resultado se multiplica por 1826 y por el coeficiente de proporcionalidad.

Cómo calcular el porcentaje

Una vez tienes la base reguladora, hay que conocer el porcentaje que te corresponde de dicha base en la pensión de viudedad. Por lo general, es el 52%, según la sede electrónica de la Seguridad Social.

Sin embargo, el porcentaje asciende al 60% cuando el beneficiario tiene más de 65 años, sin derecho a otra pensión española o extranjera, sin ingresos de trabajos por cuenta ajena o propia.

Además, debe carecer de rentas de capital inmobiliario o mobiliario, rentas de actividades económicas o ganancias patrimoniales superiores a los 7.707 euros anuales.

Algunos beneficiarios pueden recibir la cuantía máxima, que es del 70%,  siempre que cumpla estos tres requisitos de forma simultánea durante todo el periodo de la pensión:

  • Tener cargas familiares.
  • El rendimiento de la unidad familiar dividido entre los miembros debe ser inferior al 75% del salario mínimo interprofesional, sin contar las dos pagas extra.
  • La pensión de viudedad debe ser la única o principal fuente de ingresos, es decir, más del 50% de los ingresos anuales provenga de la pensión.

Calcular la pensión de viudedad es un mundo, pero con esta información puedes hacerte una idea aproximada de la cuantía que te corresponde cobrar.

En cualquier caso, existe la posibilidad de consultar cuál es tu cuantía de pensión de viudedad y si cumples los requisitos en una oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) con cita previa.

Cuándo se cobra la pensión de viudedad 2024

Los beneficiarios reciben la pensión de viudedad entre el día 1 y 4 de cada mes. También tienen dos pagas extras al año, concretamente, la de verano en junio y la de Navidad en noviembre.

Respecto a la fecha para empezar a cobrar la pensión, empieza el día siguiente del fallecimiento. Pero solo cuando la persona fallecida estuviese dado de alta o asimilada de alta.

Si el fallecido era pensionista, la persona viuda cobrará la prestación desde el primer día del mes próximo al fallecimiento.

En cualquier caso, la Seguridad Social estudia cada caso antes de determinar si concede o no la pensión. Conoce cuánto tarda en ser aprobada la pensión de viudedad.

Cabe destacar que la pensión se revaloriza cada año. De esta manera, la Seguridad Social garantiza una cuantía mínima mensual en función de la edad y las cargas familiares. Esas cuantías varían si eres:

  • Titular con cargas familiares.
  • Titular de 65 años.
  • Discapacidad igual o superior al 65%.
  • Titular de entre 60 y 64 años.
  • Titular menor de 60 años.

Para calcular la pensión de viudedad debes saber que la cuantía es bruta, es decir, no incluye la reducción de impuestos. Este tipo de pensión está sujeta a la tributación del Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) y al sistema de retenciones. La única excepción es que la situación derive de actos terroristas.

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Jose Manuel Fuentes Prieto

Profesional de la Comunicación que, ademas de diferentes trabajos para sus clientes edita webs de Teletrabajo, Emprendedores y Calidad de Vida
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